martes, 8 de marzo de 2011

Los Warrants

                                                                             WARRANT´S
Los Warrant son valores negociables en bolsa. Un Warrant es un contrato o instrumento derivado financiero que da al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar/vender un activo subyacente a un precio determinado en una fecha futura también determinada.
Si un warrant es de compra recibe el nombre de call warrant., y si es de venta, recibe el nombre de put warrant.
Para adquirir el derecho, el comprador debe pagar el precio del warrant, también llamado prima. La cotización de un warrant representa en todo momento el precio a pagar por adquirir ese derecho.
Los Warrants gozan de una serie de características que encuentras a continuación:
ü  Son productos derivados diseñados para los inversores particulares.
ü  Ofrecen una forma sencilla de contratación.
ü  Existen diversos emisores y una amplia variedad de subyacentes por lo que el inversor, a la hora de contratar, podrá elegir emisor y subyacente.
ü  La liquidez en el mercado se encuentra garantizada.
ü  Los Warrant magnifican el movimiento del  activo subyacente.
ü  Permiten posicionarse al alza y a la baja y obtener ganancias y/o pérdidas ilimitadas.
ü  Tienen una vida limitada, entre uno y dos años.

v  Elementos de los Warrants
Los Warrants constan de una serie de elementos que se citan a continuación:
-El precio al que se comprará/venderá recibe el nombre de precio de ejercicio.
-Activo subyacente. Es el activo referencia sobre el que se otorga el derecho, puede ser una acción, una cesta de acciones, un índice bursátil, una divisa, un tipo de interés…
-La fecha futura en la que se producirá la transacción recibe el nombre de fecha de ejercicio.
-Prima. Es el precio que se paga por el Warrant. Este precio se compone de un valor intrínseco, que es la diferencia del precio subyacente y el precio del ejercicio, y el valor temporal, que es la parte de la prima que valora el derecho de compra o venta del subyacente inherente al Warrant.
-Ratio. Corresponde al número de activos subyacentes que representa cada Warrant, puede ser por tanto, una fracción o un múltiplo de uno.

v  ¿Cuáles son los componentes  propios de los Warrants?
Los Warrants se caracterizan por ser valores agrupados en emisiones realizadas por una entidad y representados mediante anotaciones en cuenta que cotizan en un mercado organizado. Los Warrants se incluyen dentro de la categoría de las opciones, dentro de este mercado se diferencian las opciones contratadas. Las diferencias básicas son las siguientes:
                               -El plazo de vencimiento: Las opciones de Mercado tiene un plazo máximo de un año, mientras que los Warrants pueden tener un plazo mayor.
                               -La liquidez: Los Warrants gozan de una mayor liquidez, puesto que las entidades emisoras se encargan de que esta exista. En las opciones negociadas, la liquidez depende del mercado.
v  ¿Cómo invertir en los Warrants?
Los Warrants se compran y se venden en Bolsa como las acciones. Para comprar o vender un Warrant sólo es necesario contactar con su intermediario financiero, que se encargará de posicionar su orden en el mercado.
En el mercado hay disponibles cientos de Warrants para su negociación, por lo que es importante seleccionar el Warrant adecuado respecto al activo subyacente seleccionado. Los Warrants no sólo se diferencian por sus precios, sino que su potencial de desarrollo y actuación es, también, muy diferente según sean sus periodos de vencimiento y sus precios de ejercicio.
Los indicadores útiles para medir la elección del Warrant son la Delta y la Elasticidad. Estos indicadores permiten comparar, objetivamente y en un momento determinado, varios Warrants emitidos sobre un mismo subyacente.
Antes de trabajar con Warrants es recomendable conocer con detalle todas las características del warrant sobre el que se quiere invertir, seguir de forma continua la evolución de los precios del activo de referencia o subyacente sobre el que está emitido el valor y, por último, buscar el asesoramiento de los intermediarios financieros.
v  CONTRATACIÓN DE UN WARRANT
Los Warrants emitidos por distintas entidades, una vez admitidos a cotización, se contratan mediante sistemas electrónicos, y de forma continuada, como la mayor parte de los valores de renta fija y variable negociados en el mercado bursátil español.
Los Warrants se negocian en un segmento especial, con una normativa ajustada a las características y los específicos requerimientos de negociación de este tipo de productos. En consecuencia, la contratación de Warrants se rige por las normas generales aplicables a la renta variable, con las siguientes particularidades:
                -Inexistencia de subastas de apertura y de cierre, manteniéndose las subastas de volatilidad, pudiendo estas últimas activarse si se estima que el precio teórico del Warrant queda fuera del rango estático de los precios.
                -La vigencia de las órdenes se limita a la sesión en curso.
                -El precio de cierre se determina tomando en consideración las mejores posiciones de compra y de venta existentes en el mercado al cierre de la sesión.
                -Incorporación del especialista de Warrants, máximo uno en cada valor, como figura que contribuye a fomentar la liquidez y que favorece el proceso de formación de precios. El especialista podrá introducir, a través de aplicaciones externas homologadas, órdenes combinadas limitadas de compra y venta que no podrán negociarse en el instante de su introducción contra posiciones existentes en el mercado, sino que, una vez introducidas, podrán dar lugar a negociaciones por confrontación con otras órdenes entrantes.
                -La contratación de bloques tiene una única modalidad, con condiciones particularizadas del precio e importe mínimo.
                -Previsión de interrupción de la negociación de Warrants, principalmente por causas que afecten a los subyacentes.
v  VENTAJAS DE LOS WARRANTS
Los Warrants presentan las siguientes ventajas:
                *Tienen una cobertura de riesgos de movimientos adversos en el precio del activo subyacente, dado que el Warrant incorpora un derecho a comprar o vender, pero no una obligación.
                *Inversión a corto plazo o a vencimiento, sobre la base del apalancamiento, con un riesgo limitado y con los potenciales beneficios ilimitados que proporcionan los Warrants.

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